Una playa puede ser candidata a Bandera Azul si ha sido designada oficialmente a nivel nacional o internacional como un área de bañistas, tiene al menos un punto de muestreo y cumple con los criterios establecidos. Mientras que una marina puede ser candidata si tiene las facilidades necesarias para cumplir con dichos criterios.

También este Programa otorga banderas individuales a las embarcaciones cuando firman un acuerdo de compromiso ambiental mediante las prácticas de uso de la embarcación.

El Programa Bandera Azul es uno voluntario y el mismo está diseñado para levantar la conciencia ambiental y aumentar las buenas prácticas ambientales entre turistas, la población local y los manejadores de las playas y las marinas.
            Criterios del Programa Bandera Azul para Playas

Información y Educación Ambiental

1. Debe estar expuesta en el tablón la información sobre los ecosistemas y áreas naturales costeras (i-imperativo).

2. Debe estar expuesta en el tablón la información actualizada del monitoreo de calidad de aguas (i).

3. Debe estar expuesta en el tablón la información del Programa Bandera Azul (i).

4. Los códigos de conducta que deben seguirse en la playa deberán estar expuestos en el tablón de información (i).

5. Se requiere la realización de un mínimo de cinco actividades educativas y las mismas deben mostrarse en el tablón de información y educación ambiental (i).

Calidad del agua

6. Cumplimiento de los estándares de calidad de agua: parámetros microbiológicos y físico-químicos (i).

7. Ausencia de descargas de aguas industriales, de aguas residuales y de otro tipo de sustancias contaminantes que puedan afectar la playa o su entorno (i).

8. Monitoreo de los arrecifes de coral localizados a una distancia de 500 metros desde la playa BA, al menos una vez al año “reef check” (i).

9. El municipio debe cumplir los requisitos establecidos para el tratamiento de las aguas residuales (g-guía).

10. Las algas y otro tipo de vegetación en la playa no deberán recogerse en la medida que su acumulación no resulten insalubres (i).

Manejo Ambiental

11. Debe constituirse un comité de manejo de playa que sea responsable de las actividades, de las inspecciones y del manejo adecuado del recurso y sus instalaciones (i).

12. La playa debe cumplir con toda la legislación ambiental, planificación y ordenación del litoral aplicable al espacio físico y a las actividades desarrolladas en la misma (i).

13. La playa debe estar limpia (i).

14. La playa debe tener una cantidad apropiada de zafacones y mantener los mismos limpios y vacíos (i).

15. La playa debe tener contenedores para la segregación de materiales reciclables (i).

16. Los servicios sanitarios deben estar limpios y ser adecuados (i).

17. En la playa no se permite la acampada ni circulación o estacionamiento de vehículos no autorizados (i).

18. Prohibición de los animales domésticos en la playa (i).

19. Mantenimiento adecuado de los servicios e instalaciones de la playa (i).

20. Promoción de la utilización de los medios de transporte colectivos a la playa (g).

Seguridad y Servicios

21. Número adecuado de salvavidas y equipo disponible en la playa (i).

22. Debe haber en la playa equipo de primeros auxilios (i).

23. Delimitación de zonas (i).

24. Plan de emergencia local para eventos de desastres y/o accidentes (i).

25. Accesos fáciles y seguros (i).

26. El área de la playa debe estar vigilada (g).

27. Debe existir al menos un punto de agua potable en la playa (g).

28. Una de las playas BA del municipio, como mínimo, debe poseer rampas de acceso a la playa y sanitarios para personas con impedimentos, excepto aquellos casos en que la topografía no lo permita (i).

29. Debe exponer un mapa de la playa indicando la ubicación de las diferentes instalaciones y servicios (i).

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            Criterios del Programa Bandera Azul para Marinas Recreativas


Información y Educación Ambiental

1. Debe estar expuesta en el tablón la información sobre los ecosistemas y áreas naturales costeras (i).

2. Los códigos de conducta que deben seguirse en la marina deberán estar expuestos en el tablón de información (i).

3. Debe estar expuesta en el tablón la información del Programa Bandera Azul para marinas (i).

4. La marina debe realizar un mínimo de tres (3) actividades ambientales a los usuarios y al personal de la misma (i).

5. La marina debe anunciar la disponibilidad de la Bandera Azul individual para embarcaciones (i).

Manejo Ambiental

6.Realizar una política ambiental y un plan de la marina el cual incluya referencias del consumo de agua, energía, generación de desperdicios, salud y seguridad y uso de productos ambientalmente amigables (i).

7. La marina debe tener contenedores para los desperdicios sólidos peligrosos como pinturas y solventes, baterías y aceites. Los desperdicios deben ser manejados por un contratista que tenga licencia (i).

8. La marina debe tener una cantidad apropiada de zafacones (i).

9. La marina debe tener contenedores para la segregación de materiales reciclables (i).

10. La marina tiene que poseer facilidades adecuadas para recibir aguas de lastre (g).

11. La marina tiene que poseer facilidades adecuadas para recibir aguas usadas de las embarcaciones (g). En el 2009 se considerará como criterio imperativo.

12. Los edificios y equipo de la marina deben estar en buen estado y en cumplimiento con la legislación nacional (i).

13.Mantenimiento adecuado y limpieza de los servicios sanitarios e instalaciones de la marina así como un buen control de la disposición de las aguas (i).

14. Si la marina posee facilidades para reparación y limpieza de embarcaciones no puede permitir que entren contaminantes al sistema de alcantarillado sanitario, a los terrenos, al agua o a los ecosistemas cercanos.(i).

15. Promoción de la utilización de los medios de transporte colectivos a la marina (g).

16. Las áreas de estacionamiento de vehículos de motor tienen que estar claramente rotuladas y no se permitirá estacionamiento fuera de estas áreas (i).

Seguridad y Servicios

17. Rotulación adecuada al equipo de salvamento y primeros auxilios así como de incendio (i).

18. Plan de emergencia local para eventos de desastres y/o accidentes (i).

19. La marina debe tener rotulación de las medidas de precaución (i).

20. Si la marina tiene disponible facilidades de agua y electricidad en los muelles debe ser aprobada por la legislación nacional (i).

21. La marina debe poseer facilidades para personas con impedimentos (g).

22. En la marina se debe exponer un mapa de la misma indicando la ubicación de las diferentes instalaciones y servicios (i).

Calidad de Agua

23. El agua de la marina debe ser limpia visualmente (sin aceite, aguas usadas u otros tipos de contaminantes (i).
Banderas Azules otorgadas en  Puerto Rico
Balneario de Carolina, Carolina
Balneario Seven Seas, Fajardo
Balneario El Escambrón, San Juan
Balneario La Monserrate, Luquillo
Balneario Punta Salinas, Toa Baja
Balneario de Boquerón, Cabo Rojo
Marina Puerto Chico, Fajardo
Marina Puerto del Rey, Fajardo y Ceiba
El Programa Bandera Azul es una certificación internacional de carácter voluntario que se le otorga a las playas y marinas cuando cumplen con criterios ambientales.

Los principales criterios ambientales se reagrupan en las siguientes categorías:

               Calidad de agua    
         
               Seguridad y servicios 
           
               Manejo ambiental

               Información y educación ambiental

Para Instrucciones sobre el proceso para obtener el galardón de la Bandera Azul puede accesar a la página oficial:  www.blueflag.org